Suprema - Rol 18917-2018
TARIFEÑO/FONASA
Abstracto
La Corte Suprema confirma el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, rechazando el recurso de protección contra el Fondo Nacional de Salud (FONASA). Se establece que la Superintendencia de Salud es el organismo competente para fiscalizar y sancionar el incumplimiento de las Garantías Explícitas en Salud (GES).
Resumen
• Datos básicos del caso El caso corresponde a un recurso de protección Rol N° 18.917-2018, interpuesto contra el Fondo Nacional de Salud (FONASA) por la demora injustificada en la entrega de prestaciones asociadas a las Garantías Explícitas en Salud (GES).
• Antecedentes procesales relevantes El recurrente interpuso un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, el cual fue rechazado. Apeló a la Corte Suprema.
• Hechos establecidos El recurrente alega una demora injustificada por parte de FONASA en la entrega de prestaciones GES.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si el recurso de protección es la vía idónea y si FONASA es el organismo competente para resolver el reclamo por la demora en la entrega de las prestaciones GES.
• Argumentos de las partes El recurrente argumenta una vulneración de sus derechos constitucionales por la demora de FONASA en la entrega de las prestaciones GES. FONASA argumenta que no es el organismo competente para resolver este tipo de reclamos, sino la Superintendencia de Salud.
• Doctrina y jurisprudencia citadas Se cita el artículo 49 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2006, del Ministerio de Salud, que define a FONASA como un servicio público funcionalmente descentralizado. También se ci...
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