Suprema - Rol 5231-2018

ZUÑIGA CON MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO (VI)

Abstracto

La Corte Suprema acoge el recurso de unificación de jurisprudencia, estableciendo que la sanción de nulidad del despido es aplicable a los profesionales de la educación regidos por la Ley N° 19.070, debido a la aplicación supletoria del Código del Trabajo.

Resumen

• Datos básicos del caso Autos RIT O-1714-2017, RUC 1740015580-1, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de , caratulados “ con Municipalidad de ”, sobre nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones laborales.

• Antecedentes procesales relevantes El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de acogió parcialmente la demanda, declarando nulo el despido y condenando a la demandada al pago de remuneraciones, prestaciones y cotizaciones adeudadas. La Corte de Apelaciones de acogió recurso de nulidad de la demandada y rechazó la demanda. La demandante interpuso recurso de unificación de jurisprudencia.

• Hechos establecidos El empleador no enteró las cotizaciones previsionales en tiempo y forma.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la sanción de nulidad del despido es aplicable a los profesionales de la educación regidos por la Ley N° 19.070, en virtud de la regla de supletoriedad del Código del Trabajo conforme al artículo 71 del Estatuto Docente.

• Argumentos de las partes Demandante (recurrente): La Corte de Apelaciones interpretó erróneamente la ley al no aplicar las normas sobre nulidad del despido a los profesionales de la educación, exist...

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