Suprema - Rol 6452-2018
MILLAR CON SOCIEDAD EDUCACIONAL RAMIRO MENDEZ LTDA.(II)
Abstracto
La Corte Suprema acoge el recurso de unificación de jurisprudencia, estableciendo que la sanción de nulidad del despido procede cuando el empleador no paga íntegramente las cotizaciones previsionales, aun cuando la obligación se determine judicialmente.
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de unificación de jurisprudencia Rol N° 6.452-2018, interpuesto en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Chillán, que rechazó el recurso de nulidad contra la sentencia del Juzgado de Letras y Garantía de Bulnes (RIT O-28-2017, RUC 1740033684-9). La demandante es doña y la demandada es Sociedad Educacional Ramiro Méndez Ltda.
• Antecedentes procesales relevantes El Juzgado de Letras y Garantía de Bulnes acogió la demanda de cobro de prestaciones por diferencia de bono proporcional (años 2015-2016) y rechazó la demanda de nulidad del despido. La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la demandante. Contra esta última resolución, la demandante interpuso recurso de unificación de jurisprudencia ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos La sentencia de primera instancia condenó a la demandada al pago de diferencias remuneracionales por concepto de bono proporcional por los períodos 2015 y 2016, pero rechazó la demanda de nulidad del despido. La Corte de Apelaciones consideró que la determinación del monto del bono proporcional era compleja y que la empleadora había actuado de buena fe al pagar el bono, aunque no en forma íntegra.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento...
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