Suprema - Rol 18687-2018
PROMOTORA CMR FALABELLA S.A CON . (E)
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de casación en el fondo, estableciendo que la gestión preparatoria de citación a confesar deuda es un derecho del acreedor sin título ejecutivo, invalidando la sentencia que denegó la tramitación de dicha gestión.
Resumen
• Datos básicos del caso solicita se cite a a confesar adeudar $4.277.558 por uso de tarjeta de crédito CMR ante el 18° Juzgado Civil de Santiago (Rol 7219-2018).
• Antecedentes procesales relevantes El 18° Juzgado Civil desestimó la solicitud. La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó esta decisión. interpuso recurso de casación en el fondo contra esta última resolución.
• Hechos establecidos La peticionaria acompañó a su solicitud una copia del estado de cuenta de la tarjeta CMR Falabella a nombre de la ejecutada.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte ¿Incurre en error de derecho la sentencia que desestima la gestión preparatoria de citación a confesar deuda bajo el argumento de falta de antecedentes que hagan plausible la obligación, vulnerando el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil?
• Argumentos de las partes La recurrente () argumenta que la sentencia impugnada infringe el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil, al negar la facultad de todo acreedor de preparar la ejecución mediante la citación a confesar deuda, incluso sin acompañar antecedentes que acrediten la existencia de la obligación.
• Doctrina y jurisprudencia citadas Se cita a , “Manual de...
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