Suprema - Rol 18760-2018
ASOCIACIÓN DE FUNCIONARIOS FENATS HOSPITAL BARROS LUCO TRUDEAU/SLITANO SUR HOSPITAL BARROS LUCO TRUD
Abstracto
La Corte Suprema rechaza recurso de protección confirmando la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel. Se discute la legalidad del descuento de remuneraciones por paralización de actividades sin investigación previa, considerando el Estatuto Administrativo y dictámenes de la Contraloría.
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de protección interpuesto por , Presidenta de la Asociación de Funcionarios FENATS Hospital Barros Luco Trudeau, en contra de la Dirección del Hospital Barros Luco Trudeau.
• Antecedentes procesales relevantes La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el recurso. Se apela esta decisión ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos El 24 de mayo de 2018, la Dirección del Hospital Barros Luco Trudeau descontó proporcionalmente las remuneraciones de sesenta funcionarios debido a la paralización de actividades del 25 de abril de 2018.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Si el descuento de remuneraciones por la paralización de actividades, sin una investigación sumaria o sumario administrativo previo, vulnera los derechos constitucionales de los funcionarios, específicamente el derecho de propiedad (artículo 19 Nº 24) y la garantía del debido proceso (artículo 19 Nº 3).
• Argumentos de las partes Recurrente (): El descuento es un acto de autotutela que vulnera el artículo 19 Nº 3 de la Constitución, ya que el Estatuto Administrativo exige una investigación previa para determinar la responsabilidad funcionaria. Se vulnera el derecho de propiedad de los recurrentes sobre sus remuneraciones (ar...
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