Suprema - Rol 20831-2018
HERRERA/ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.
Abstracto
Corte Suprema, 24 de diciembre de 2018, confirma recurso de protección. Isapre Cruz Blanca debe mantener contrato de salud a afiliada, al no acreditarse preexistencia médicamente diagnosticada de la patología declarada.
Resumen
• Datos básicos del caso Acción de protección deducida por en favor de contra Isapre Cruz Blanca S.A.
• Antecedentes procesales relevantes Se interpone recurso de protección contra la decisión de Isapre Cruz Blanca de poner término al contrato de salud de , alegando preexistencia no declarada (taquicardia paroxística ventricular). La Corte Suprema revoca la sentencia apelada y acoge el recurso.
• Hechos establecidos Isapre Cruz Blanca puso término al contrato de salud de , argumentando que omitió declarar en su declaración de salud de 31 de enero de 2017 haber padecido taquicardia paroxística supra ventricular (TPSV), basándose en un informe del 27 de marzo de 2018 del doctor . La actora señala que el informe corresponde a la epicrisis de un tratamiento de hace 3 años, y que no se acreditó que sea una enfermedad permanente. Agrega que los certificados médicos de indican que presentó un episodio de arritmia supraventricular en 2015 por estrés, con estudio cardiológico normal, sin enfermedad documentada antes de la hospitalización de marzo de 2018.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte ¿Constituye un acto arbitrario e ilegal la decisión de la Isapre de poner términ...
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