Suprema - Rol 15530-2018
ITAU CORPBANCA CON RIQUELME JAQUE CRISTIAN (E)
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de casación en el fondo contra sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción, invalidándola. Se determina que el plazo para oponer excepciones en juicio ejecutivo debe computarse desde la notificación de la demanda, especialmente si esta ocurre fuera de la comuna del tribunal.
Resumen
• Datos básicos del caso Juicio ejecutivo de cobro de pagaré, Rol N° 7.326-2017, seguido ante el Primer Juzgado Civil de Concepción, caratulado “Itau Corpbanca con , ”.
• Antecedentes procesales relevantes El Primer Juzgado Civil de Concepción no dio lugar a tramitar las excepciones opuestas por el ejecutado, estimándolas extemporáneas. La Corte de Apelaciones de Concepción confirmó dicha resolución. Se interpone recurso de casación en el fondo contra esta última decisión.
• Hechos establecidos El ejecutado fue notificado de la demanda ejecutiva el 19 de febrero de 2018 en su domicilio en Chiguayante, y requerido de pago en rebeldía el 22 de febrero de 2018 en la oficina del receptor en Concepción.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si el plazo para oponer excepciones en un juicio ejecutivo debe computarse como de cuatro o de ocho días hábiles, considerando que la notificación de la demanda se realizó en una comuna distinta a la del asiento del tribunal, pero el requerimiento de pago se efectuó en la comuna del asiento del tribunal.
• Argumentos de las partes El recurrente (ejecutado) argumenta que, habiendo sido notificado de la demanda en Chiguayante, contaba con ocho días hábile...
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