Suprema - Rol 26565-2018
ANONIMIZADO
Abstracto
La Corte Suprema rechaza el recurso de nulidad contra la sentencia que condenó a por tráfico de drogas. Se confirma que no es necesaria la determinación de la pureza para el tipo penal del artículo 4° de la Ley 20.000. Votos disidentes abogan por la absolución.
Resumen
• Datos básicos del caso Causa RUC N° 1800040320-9, RIT N° 195-2018, Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena.
• Antecedentes procesales relevantes El 12 de octubre de 2018, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena condenó a como autor de un delito de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de droga (artículo 4° de la Ley N° 20.000) a 541 días de presidio menor en su grado medio, multa de 1 UTM y accesorias legales. La defensa interpuso recurso de nulidad.
• Hechos establecidos El 10 de enero de 2018, ingresó al Complejo Penitenciario de Huachalalume, La Serena, portando, con fines de tráfico, marihuana (15,4 gramos) y otra sustancia (0,52 gramos) en sus zapatillas. Dichas drogas no estaban destinadas a su consumo personal ni a tratamiento médico.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Si la falta de análisis de la pureza de la droga incautada vulnera el principio de lesividad, impidiendo considerar la sustancia como droga según la Ley N° 20.000 y, por ende, configurar el delito de tráfico de pequeñas cantidades.
• Argumentos de las partes La defensa argumenta errónea aplicación de los artículos 1° y 2° del Código Penal, 1° y 4° de la Ley N° 20.000, y el a...
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