Suprema - Rol 29245-2018

MISTRALINA

Abstracto

La Corte Suprema rechaza el recurso de casación en el fondo, confirmando la sentencia que acogió la oposición al registro de la marca mixta “MISTRALINA” en la clase 16, debido a su similitud con la marca “MISTRAL”, lo que podría inducir a confusión.

Resumen

• Datos básicos del caso El caso se refiere a un recurso de casación en el fondo interpuesto contra la sentencia que revocó el fallo de primera instancia del Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) y acogió la oposición al registro de la marca mixta “MISTRALINA” para la clase 16.

• Antecedentes procesales relevantes solicitó el registro de la marca mixta “MISTRALINA” para la clase 16. Empresas CMPC S.A. se opuso a dicho registro. El INAPI rechazó la oposición en primera instancia. El Tribunal de Propiedad Industrial revocó esta decisión, acogiendo la oposición. interpuso un recurso de casación en el fondo contra esta última sentencia.

• Hechos establecidos Se discute la registrabilidad de la marca “MISTRALINA” en relación con la marca preexistente “MISTRAL”, ambas destinadas a productos de la clase 16. La similitud entre ambas marcas es el punto central de la controversia.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte La cuestión jurídica central es si la sentencia recurrida infringió el artículo 20, letras f) y h) de la Ley N° 19.039, al considerar que la marca “MISTRALINA” no es registrable debido a su similitud con la marca “MISTRAL”, lo que podría inducir a error o confusión al público consum...

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