Suprema - Rol 29439-2018

SANHUEZA/CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

Abstracto

Santiago,

VISTOS:

Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos sexto a octavo, que se eliminan.

Y teniendo en su lugar, además, presente:

1° Que el presente recurso de protección se ha alzado en contra del Dictamen N° E374918/2023, de 23 de agosto de 2023, de la Contraloría General de la República, que se pronunció sobre la presentación de , funcionario de la Dirección del Trabajo, en relación a la evaluación de la antigüedad en el concurso interno para proveer el cargo de Jefe del Departamento de Inspección de la Inspección Provincial del Trabajo de Santiago.

2° Que el recurrente estima que el aludido dictamen es ilegal y arbitrario, desde que no se ajusta a las bases del concurso, vulnerando con ello las garantías constitucionales consagradas en el artículo 19 N° 2 y N° 26 de la Constitución Política de la República.

3° Que, como se desprende del recurso, el problema planteado por el actor dice relación con la interpretación que realiza la Contraloría General de la República de las bases del concurso, en relación a la evaluación de la antigüedad, desde que considera que la recurrida realiza una interpretación errónea de las bases del concurso al estimar que se debe considerar la antigüedad en el grado, y no la antigüedad en el servicio, lo que le perjudica directamente.

4° Que, sobre el particular, esta Corte no comparte lo expresado por el recurrente, desde que, de la atenta lectura del dictamen impugnado, se desprende que éste se ha ajustado estrictamente a las bases del concurso, sin realizar una interpretación errónea o antojadiza de las mismas. En efecto, el dictamen recurrido ha aplicado correctamente las bases del concurso, en relación a la evaluación de la antigüedad, considerando que ésta debe ser evaluada en el grado, y no en el servicio, como pretende el recurrente.

5° Que, en este sentido, resulta pertinente señalar que la interpretación de las bases del concurso realizada por la Contraloría General de la República, se ajusta a lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento de Concursos del personal afecto al Estatuto Administrativo, aprobado por el Decreto N° 69 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que establece que “la antigüedad en el grado será evaluada considerando el tiempo servido en el respectivo grado, contado desde la fecha de la promoción o designación en él”.

6° Que, por lo demás, es preciso recordar que la Contraloría General de la República, en el ejercicio de sus funciones, tiene la facultad de interpretar las normas que rigen a los órganos de la Administración del Estado, como es el caso de las bases de los concursos públicos, razón por la cual, la interpretación realizada por la recurrida, en principio, resulta obligatoria para la Dirección del Trabajo.

7° Que, en consecuencia, no se advierte ilegalidad ni arbitrariedad alguna en el actuar de la recurrida, desde que el dictamen impugnado se ha ajustado estrictamente a las bases del concurso, sin vulnerar las garantías constitucionales invocadas por el recurrente.

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se revoca la sentencia apelada de fecha diecinueve de enero de dos mil veinticuatro, y en su lugar, se rechaza el recurso de protección interpuesto en contra del Dictamen N° E374918/2023, de 23 de agosto de 2023, de la Contraloría General de la República.

Regístrese y devuélvase.

Rol N° 11.951-2024.

Pronunciado por la Tercera Sala de esta Corte Suprema integrada por los Ministros Sr. Sergio Muñoz G., Sra. Ángela Vivanco M., Sr. Adelio Vásquez C., y los Ministros Suplentes Sra. María Cecilia Ramírez G., y Sr. Juan Manuel Muñoz P.

Resumen

• Datos básicos del caso Recurso de protección interpuesto por contra el Dictamen Nº4972 de 14 de mayo de 2018, emanado del Contralor General de la República.

• Antecedentes procesales relevantes La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección. La parte recurrida apeló a la Corte Suprema.

• Hechos establecidos La recurrente reclamó la evaluación de su antigüedad en el marco del concurso de promoción interno convocado por la Dirección del Trabajo. El Contralor General de la República emitió el Dictamen Nº4972, pronunciándose sobre el reclamo de ilegalidad deducido por la actora, estimando que no existían vicios de ilegalidad. La Dirección del Trabajo evaluó la antigüedad de la actora considerando el tiempo en que dejó de ejercer la suplencia en el cargo de fiscalizadora grado 15, desde el 1 de julio de 2009 hasta la fecha de publicación de las bases del concurso.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Si el Dictamen Nº4972 del Contralor General de la República, al pronunciarse sobre el reclamo de ilegalidad de la recurrente, vulnera sus garantías constitucionales. Si la Contraloría General de la República excedió sus facultades legales o incurrió en ilegalidad al emitir el dictamen. Si la evaluación de la antigüedad de l...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora