Suprema - Rol 29847-2018
PILQUINAO CON RENDIC HERMANOS S.A.(XXXIII)
Abstracto
La Corte Suprema rechaza el recurso de unificación de jurisprudencia, estableciendo que si el despido por necesidades de la empresa es declarado injustificado, el empleador no puede imputar al seguro de cesantía el pago de la indemnización por años de servicio.
Resumen
• Datos básicos del caso El caso RIT 0-411-2018, RUC 1840108031-3, proviene del Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco, donde se acogió la demanda de don contra Rendic Hermanos S.A.
• Antecedentes procesales relevantes El Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco acogió la demanda del trabajador. La demandada apeló mediante recurso de nulidad, el cual fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Temuco. Posteriormente, la demandada interpuso recurso de unificación de jurisprudencia ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos La sentencia de primera instancia condenó a Rendic Hermanos S.A. al pago del incremento del 30% de la indemnización por años de servicio y a la devolución del aporte al seguro de cesantía al trabajador despedido.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte La materia de derecho a unificar es la correcta interpretación y aplicación del artículo 13 de la Ley N° 19.728 sobre seguro de desempleo, específicamente si la declaración de injustificado de un despido fundado en necesidades de la empresa impide o no la imputación al pago de la indemnización por años de servicio de los fondos aportados por el empleador al seguro de cesantía.
• Argumentos de las partes La...
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