Suprema - Rol 8553-2018

ANONIMIZADO

Abstracto

La Corte Suprema acoge el exequátur de sentencia de divorcio dictada por el Juzgado de Familia N° 2 de Quilmes, Argentina, al verificar el cumplimiento de los requisitos del artículo 245 del Código de Procedimiento Civil, permitiendo su ejecución en Chile.

Resumen

• Datos básicos del caso Don , en representación de don , solicita exequátur para la sentencia de divorcio dictada el 20 de mayo de 2015 por el Juzgado de Familia N° 2 de Quilmes, Argentina, entre su representado y doña .

• Antecedentes procesales relevantes Se intentó notificar a la demandada, doña , pero al no encontrarse en territorio nacional, se designó al defensor de ausentes don , quien se atuvo a lo que se resolviera. El Fiscal Judicial (S) informó favorablemente.

• Hechos establecidos

  1. Don y doña contrajeron matrimonio en Buenos Aires el 13 de marzo de 1986, inscrito en Chile.
  2. El Juzgado de Familia N° 2 de Quilmes dictó sentencia el 20 de mayo de 2015, declarando el divorcio por la causal de separación de hecho por más de tres años (artículo 214, inciso segundo, del Código Civil argentino) y disolviendo la sociedad conyugal con efecto retroactivo al 22 de septiembre de 2014 (fecha de notificación de la demanda).
  3. La sentencia se encuentra ejecutoriada.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Procedencia del exequátur solicitado, conforme al artículo 245 del Código de Procedimiento Civil, en ausencia de tratado ...

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