Suprema - Rol 3562-2019
CARO/FLORES
Abstracto
Santiago,
VISTOS:
En estos autos Rol N° caratulados “ , con JUNJI”, la parte recurrente ha deducido recurso de protección en contra de la JUNJI, por estimar que la no renovación de su contrata como funcionario de dicha institución es un acto ilegal y arbitrario que vulnera sus derechos constitucionales.
La Corte de Apelaciones de Arica rechazó el recurso de protección, decisión que es apelada por el recurrente.
CONSIDERANDO:
1° Que, el recurrente, , , domiciliado en , interpone recurso de protección en contra de la JUNJI, representada por su Director Regional, , domiciliado en , por estimar que la no renovación de su contrata como funcionario de dicha institución es un acto ilegal y arbitrario que vulnera sus derechos constitucionales, en especial el derecho a la igualdad ante la ley y el derecho al trabajo.
2° Que, el recurrente señala que ingresó a la JUNJI en el año , desempeñándose como administrativo en el Jardín Infantil “ ” de Arica. Indica que su contrata fue renovada año a año, sin que se le formularan reparos ni observaciones a su desempeño. Sin embargo, en el mes de diciembre de , se le informó que su contrata no sería renovada, sin que se le dieran explicaciones ni se le informara de los motivos de dicha decisión.
3° Que, la JUNJI, al evacuar su informe, señala que la no renovación de la contrata del recurrente se debe a razones de reestructuración interna y a la necesidad de optimizar los recursos humanos de la institución. Indica que la decisión se adoptó dentro del marco de las facultades legales y reglamentarias de la institución, y que no se ha vulnerado ningún derecho constitucional del recurrente.
4° Que, la Corte de Apelaciones de Arica rechazó el recurso de protección, estimando que la decisión de no renovar la contrata del recurrente se encuentra dentro de las facultades discrecionales de la administración, y que no se ha acreditado que dicha decisión sea ilegal o arbitraria.
5° Que, el recurrente apela de dicha decisión, reiterando los argumentos expuestos en su recurso de protección.
6° Que, para resolver el recurso de apelación, es necesario tener presente que el recurso de protección es una acción cautelar de urgencia que tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido perturbado o amenazado por un acto u omisión ilegal o arbitrario que cause privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías constitucionales.
7° Que, en el presente caso, no se ha acreditado que la decisión de no renovar la contrata del recurrente sea ilegal o arbitraria. La JUNJI ha señalado que dicha decisión se debe a razones de reestructuración interna y a la necesidad de optimizar los recursos humanos de la institución, lo que se encuentra dentro de sus facultades legales y reglamentarias.
8° Que, además, es necesario tener presente que los funcionarios a contrata tienen una vinculación precaria con la administración, y que su contrata puede ser renovada o no renovada al término del período respectivo, sin que ello implique una vulneración de sus derechos constitucionales.
9° Que, por lo tanto, no se ha acreditado que la decisión de no renovar la contrata del recurrente sea ilegal o arbitraria, ni que vulnere sus derechos constitucionales.
Por estas consideraciones, se confirma la sentencia apelada.
Voto disidente:
El Ministro fue de la opinión de revocar la sentencia apelada y acoger el recurso de protección, por estimar que la decisión de no renovar la contrata del recurrente es ilegal y arbitraria. Señala que el recurrente se ha desempeñado como funcionario de la JUNJI durante varios años, sin que se le formularan reparos ni observaciones a su desempeño. Indica que la decisión de no renovar su contrata se adoptó sin que se le dieran explicaciones ni se le informara de los motivos de dicha decisión, lo que vulnera su derecho a la igualdad ante la ley y su derecho al trabajo.
Ministro Secretario
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de protección Rol Nº 3562-2019.
• Antecedentes procesales relevantes Se recurre de protección contra la Resolución Exenta N°015/002894 de 30 de noviembre de 2018, que decide no renovar la contrata anual del recurrente para el año 2019 en la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI). La Corte de Apelaciones de Arica rechaza el recurso. Se eleva el caso a la Corte Suprema, la cual confirma la sentencia apelada.
• Hechos establecidos El recurrente se desempeñaba como encargado de la Subdirección de Recursos Financieros de la Dirección Regional de Arica y Parinacota de JUNJI. La resolución impugnada justifica la no renovación de su contrata debido a deficiencias en su desempeño, afectando el funcionamiento de la subdirección.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Si la no renovación de la contrata del recurrente mediante la Resolución Exenta N°015/002894 constituye un acto ilegal y arbitrario que vulnera sus derechos constitucionales, específicamente el derecho a la igualdad ante la ley.
• Argumentos de las partes El recurrente alega que la no renovación de su contrata es un acto arbitrario e ilegal, ya que la justificación dada (deficiencias en el desempeño) no se corresponde con la causal invocada (no necesidad de sus ...
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