Suprema - Rol 11981-2019
CORONA/COMPLEJO METALURGICO ALTONORTE S.A.
Abstracto
La Corte Suprema declara inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia al considerar que el tema de derecho planteado se reconduce a una cuestión fáctica y casuística, no habilitante para este recurso, y que la sentencia impugnada fue desestimada por motivos formales.
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de unificación de jurisprudencia N° 11981-19. Corte Suprema, Cuarta Sala. Fecha: 2 de julio de 2019. Recurrente: Parte demandada.
• Antecedentes procesales relevantes La parte demandada interpone recurso de unificación de jurisprudencia contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que rechazó el recurso de nulidad interpuesto contra la sentencia de base que acogió la demanda.
• Hechos establecidos —
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte La procedencia de la causal de despido del numeral 7° del artículo 160 del Código del Trabajo, basada en el incumplimiento de las disposiciones del reglamento interno de la empresa.
• Argumentos de las partes La parte demandada (recurrente) argumenta que la interpretación de la Corte de Apelaciones no se condice con la jurisprudencia sobre incumplimiento grave de obligaciones contractuales por contravención al reglamento interno, ya que se basó "solamente en aspectos materiales para descartar dicho incumplimiento".
• Doctrina y jurisprudencia citadas Se citan los artículos 483 y 483-A del Código del Trabajo.
• Fundamentos clave de la Corte Suprema
- El tema de derecho propuesto por el recurrente se reconduce a una cuestión fáctica y casuística, no habilitante para el ...
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