Suprema - Rol 22113-2018
CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE EMPEDRADO.
Abstracto
La Corte Suprema rechaza el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por la demandante, al no existir similitud fáctica entre la sentencia impugnada y las de contraste, relativas a personal docente versus paradocente y oportunidad del decreto.
Resumen
• Datos básicos del caso Autos RIT O-48-2017, del Juzgado de Letras de Constitución, caratulados “ con Ilustre Municipalidad de Empedrado”.
• Antecedentes procesales relevantes El Juzgado de Letras de Constitución acogió la demanda de despido injustificado. La Corte de Apelaciones de Talca acogió el recurso de nulidad de la demandada y rechazó la demanda. La demandante interpuso recurso de unificación de jurisprudencia.
• Hechos establecidos La materia de derecho objeto del juicio que se propone unificar dice relación con la procedencia de la aplicación de los artículos 147 letra e) y 148 de la Ley 18.883 y 72 letra h) de la Ley 19.070. La demandante, profesora, fue despedida por salud incompatible con el cargo. La sentencia impugnada consideró justificado el despido según el artículo 72 letra h) del Estatuto Docente. Los fallos de comparación se refieren a personal paradocente.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si existe una divergencia jurisprudencial que justifique la unificación respecto a la aplicación de las causales de despido por salud incompatible (artículo 72 letra h) de la Ley 19.070, en relación con los artículos 147 y 148 de la Ley 18.883), particularmente en la distinción entre personal docente y paradocent...
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