Suprema - Rol 28821-2019
BARRÍA/SOCIEDAD CONCESIONARIA VESPUCIO NORTE S.A.
Abstracto
La Corte Suprema revoca la sentencia apelada y acoge el recurso de protección interpuesto por contra Sociedad Concesionaria Autopista Vespucio Norte Express S.A., ordenando cesar el envío excesivo de correos electrónicos de cobranza, por vulnerar la integridad psíquica de la recurrente.
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de protección interpuesto por en contra de Sociedad Concesionaria Autopista Vespucio Norte Express S.A.
• Antecedentes procesales relevantes La Ilustrísima Corte de Apelaciones rechazó el recurso de protección. La demandante apeló a la Corte Suprema.
• Hechos establecidos La recurrente recibió múltiples correos electrónicos de la recurrida entre el 6 de marzo y el 10 de julio de 2019, informándole de una deuda en cobranza prejudicial por no pago de peajes, advirtiéndole sobre la posible inhabilitación de su TAG y el cobro de intereses y gastos adicionales.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si el envío reiterado de correos electrónicos de cobranza por parte de la Sociedad Concesionaria Autopista Vespucio Norte Express S.A. vulnera el derecho a la integridad psíquica de la recurrente, consagrado en el artículo 19 N°1 de la Constitución Política de la República.
• Argumentos de las partes Recurrente (): Alega vulneración de su integridad psíquica debido al hostigamiento por el envío frecuente de correos electrónicos intimidatorios que la amenazan con acciones judiciales por una supuesta deuda de peajes. Recurrida (Sociedad Concesionaria Autopista Vespucio Norte Express S.A.): Ar...
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