Suprema - Rol 4569-2019
CON MINERA CHINA CO. LTDA.
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de unificación de jurisprudencia, estableciendo que la sanción por nulidad del despido (art. 162, inc. 5° del Código del Trabajo) se aplica solo hasta la fecha de la resolución de liquidación en procedimientos concursales.
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de unificación de jurisprudencia Rol N° 4.569-2019, Corte Suprema, 3 de marzo de 2020.
• Antecedentes procesales relevantes El Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena acogió demanda por declaración de relación laboral, despido injustificado y cobro de prestaciones, incluyendo nulidad del despido. La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de nulidad interpuesto por los demandados. Estos últimos interponen recurso de unificación de jurisprudencia ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos El fallo de primera instancia determinó que el despido del demandante ocurrió verbalmente el 13 de febrero de 2018, antes de la declaración de liquidación concursal de la demandada el 21 de febrero de 2018.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte La materia de derecho a unificar consiste en determinar si la sanción por nulidad del despido (artículo 162, inciso 5°, del Código del Trabajo) tiene un límite temporal, específicamente, si se extiende más allá de la fecha de la resolución de liquidación de la empresa deudora (artículo 163 bis del Código del Trabajo).
• Argumentos de las partes La parte recurrente (demandada) argumenta que la sanción por nulidad del despido no debe extenderse más allá de la fecha de la resolución...
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