Suprema - Rol 14584-2019

BERMÚDEZ/CONTRALORÍA REGIONAL DE LA REPÚBLICA

Abstracto

La Corte Suprema confirma el rechazo del recurso de protección interpuesto contra el Ministerio de las Culturas y la Contraloría por la declaración de Zona Típica del Barrio Suárez Mujica en Ñuñoa, al no acreditarse ilegalidad ni arbitrariedad.

Resumen

• Datos básicos del caso: Recurso de protección interpuesto por y otros contra el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y la Contraloría General de la República, por la dictación del Decreto Supremo N° 35 que declaró Zona Típica el Barrio Suárez Mujica y su toma de razón, respectivamente.

• Antecedentes procesales relevantes: La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección. Los recurrentes apelan a la Corte Suprema.

• Hechos establecidos: El Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio dictó el Decreto Supremo N° 35, publicado el 28 de noviembre de 2018, que declaró Monumento Nacional en la categoría de Zona Típica el Barrio Suárez Mujica, ubicado en la comuna de Ñuñoa. La Contraloría General de la República tomó razón de dicho decreto.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte:

  1. ¿El Decreto Supremo N° 35 y su toma de razón son actos arbitrarios e ilegales que vulneran los derechos garantizados en los numerales 2, 3 y 24 de la Constitución Política de la República?
  2. ¿Se infringió el artículo 29 de la Ley N° 17.288 y el Reglamento sobre Zonas Típicas o Pintorescas?
  3. ¿Se omitieron trámites esenciales en el procedimiento de declaración de Zona Típica, como la participación de los propietario...

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