Suprema - Rol 16227-2019
CLUB 54 BORDERIO SPA CON I. MUNICIPALIDAD DE VITACURA.
Abstracto
La Corte Suprema rechaza reclamación de ilegalidad contra la Municipalidad de Vitacura por clausura de local de Club 54 Borde Río SpA, al constatar que ejercía giro de discoteca sin patente municipal correspondiente.
Resumen
• Datos básicos del caso: Reclamación de ilegalidad deducida por Club 54 Borde Río SpA en contra del Decreto Alcaldicio N° 10/2190 de 3 de octubre de 2018, de la Municipalidad de Vitacura, que dispuso la clausura de su establecimiento comercial.
• Antecedentes procesales relevantes: La sentencia de reemplazo se dicta en cumplimiento del fallo de casación precedente, conforme al artículo 785 del Código de Procedimiento Civil. Se mantienen partes de la sentencia invalidada y se reproducen fundamentos del fallo de casación.
• Hechos establecidos: Se constató que Club 54 Borde Río SpA ejercía el giro de salón de baile o discoteca en su local, actividad no autorizada por su patente municipal, que solo permitía operar como restorán de turismo.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte: Determinar si la Municipalidad de Vitacura incurrió en ilegalidad al ordenar la clausura del establecimiento comercial de Club 54 Borde Río SpA, por ejercer un giro distinto al autorizado por su patente municipal.
• Argumentos de las partes: Club 54 Borde Río SpA argumenta que no desarrolla el giro de salón de baile, sino el de restorán de turismo. La Municipalidad de Vitacura sostiene que la empresa ejercía la actividad de salón de baile sin la patente correspondiente.
• Doctrin...
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