Suprema - Rol 29610-2019
ENGIE ENERGIA CHILE S.A. CON I.MUNICIPALIDAD DE TOCOPILLA .
Abstracto
La Corte Suprema acoge parcialmente reclamación contra la Municipalidad de Tocopilla por cobro de derechos de aseo especial. El cobro es válido desde el 1 de junio de 2016, fecha de entrada en vigencia de la ordenanza municipal respectiva.
Resumen
• Datos básicos del caso Reclamación deducida por la empresa Engie Energía Chile S.A. contra la Municipalidad de Tocopilla, por la dictación del Oficio N°0463 de 24 de abril de 2018 y del Decreto Exento N°811, de 21 de junio del mismo año, relativos al cobro de derechos de aseo especial.
• Antecedentes procesales relevantes La sentencia de la Corte Suprema se dicta en cumplimiento de un fallo de casación previo, conforme al artículo 785 del Código de Procedimiento Civil.
• Hechos establecidos
- La Municipalidad de Tocopilla solicitó a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) los datos actualizados de las emisiones de cada fuente contaminante de la comuna, para calcular los derechos de aseo especial.
- La municipalidad contrastó la información de la SMA con sus propios datos sobre gastos de aseo especial del año anterior.
- El Decreto Alcaldicio N°643/2016, que establece el cobro de derechos municipales, fue publicado el 12 de mayo de 2016, entrando en vigencia el 1 de junio de 2016.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
- Si el cobro de derechos de aseo especial por parte de la Municipalidad de Tocopilla se ajusta al principio de legalidad, cuenta con la debida motivación y no constituye una desviación de poder.
- Si el cobro puede extender...
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