Suprema - Rol 112327-2020
MARTÍNEZ/MUEBLES FRANCISCO ANTONIO ZLATAR SEPULVEDA E.I.R.L.
Abstracto
La Corte Suprema declara inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia presentado por las demandadas solidarias, al no ser homologables los fallos comparados debido a diferencias en los supuestos fácticos sobre el régimen de subcontratación.
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de unificación de jurisprudencia (Rol N° 112.327-2020) interpuesto por las demandadas solidarias contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que rechazó el recurso de nulidad contra la sentencia de primera instancia que acogió la demanda por despido injustificado y trabajo en régimen de subcontratación.
• Antecedentes procesales relevantes La sentencia de primera instancia acogió la demanda, declarando injustificado el despido y la existencia de subcontratación. La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso de nulidad interpuesto por las demandadas solidarias. Se interpone recurso de unificación de jurisprudencia.
• Hechos establecidos El demandante se desempeñó como jefe de taller instalando muebles fabricados por su empleador (Muebles E.I.R.L.) en la obra Torres Nueva Costanera, proyecto de Constructora Mar Abierto Limitada, quien a su vez tenía un contrato con Inmobiliaria Calicanto Limitada. El tribunal de primera instancia consideró que estos servicios se prestaron en régimen de subcontratación.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar el sentido y alcance de la frase “en que se desarrollen los servicios o se ejecuten l...
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