Suprema - Rol 22403-2019
RIVERA/CONSTRUCTORA GRUPO NORTE S.A.
Abstracto
La Corte Suprema declara inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por la parte demandante, al no existir contradicción en la interpretación del artículo 183-B del Código del Trabajo respecto a la responsabilidad solidaria o subsidiaria del dueño de la obra.
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Arica, que rechazó el recurso de nulidad presentado contra la sentencia de primera instancia que acogió la demanda de despido indirecto, cobro de prestaciones y nulidad del autodespido, pero condenó al SERVIU de la Región Arica-Parinacota como codeudor subsidiario y no solidario.
• Antecedentes procesales relevantes La Corte de Apelaciones de Arica rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de primera instancia. Contra esta decisión, la demandante interpuso recurso de unificación de jurisprudencia ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos El demandante se desempeñó como trabajador de la demandada principal desde 2014 hasta 2018. El SERVIU, en calidad de dueño de la obra, solicitó y recibió certificaciones de cumplimiento de obligaciones laborales hasta el año 2015.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si al SERVIU Arica-Parinacota le asiste responsabilidad solidaria o subsidiaria como dueño de la obra, y si el ejercicio del derecho de información ha sido completo o no, conforme al artículo 183-B del Código del Trabajo.
• Argumentos de las partes L...
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