Suprema - Rol 24103-2019
CON INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO.
Abstracto
La Corte Suprema rechaza el recurso de unificación de jurisprudencia, estableciendo que los juzgados laborales son competentes para conocer demandas de tutela de derechos fundamentales interpuestas por funcionarios públicos a contrata, conforme a la interpretación del artículo 485 del Código del Trabajo.
Resumen
• Datos básicos del caso El caso corresponde al RIT T-2-2019, RUC 1940016054-5, del Juzgado de Letras del Trabajo de Mariquina, donde se acogió una demanda de tutela laboral de derechos fundamentales con ocasión del despido, interpuesta por don contra el Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP). La sentencia ordenó la reincorporación del demandante y el pago de remuneraciones del período de separación.
• Antecedentes procesales relevantes El demandado (INDAP) interpuso recurso de nulidad, invocando las causales de los artículos 478 a), 477 y 478 b) del Código del Trabajo. La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de nulidad. Posteriormente, el demandado interpuso recurso de unificación de jurisprudencia ante la Corte Suprema. Durante la tramitación de este recurso, el demandado planteó un requerimiento de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional, el cual fue acogido, declarando inaplicables los artículos 1° inciso tercero y 485 del Código del Trabajo.
• Hechos establecidos No hay una sección específica que liste los hechos establecidos, pero se entiende que el demandante fue despedido y que alega vulneración de sus derechos fundamentales.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la ...
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