Suprema - Rol 29598-2019
DÍAZ Y OTROS CON CORPORACION EDUCACIONAL CALINGASTA.
Abstracto
La Corte Suprema rechaza recurso de unificación de jurisprudencia, manteniendo el criterio de que si el despido por necesidades de la empresa es declarado injustificado, no procede la imputación al seguro de cesantía.
Resumen
• Datos básicos del caso Autos RIT O-118-2019, RUC 1940174848-5, del Juzgado de Letras del Trabajo de Arica. Recurso de unificación de jurisprudencia contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Arica que rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la demandada contra la sentencia de primera instancia que acogió la demanda de despido improcedente y cobro de prestaciones.
• Antecedentes procesales relevantes El Juzgado de Letras del Trabajo de Arica acogió la demanda de despido improcedente y cobro de prestaciones, condenando a la demandada al pago del recargo legal y a la restitución de las sumas descontadas por concepto del aporte del empleador al seguro de cesantía. La Corte de Apelaciones de Arica rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la demandada. Se interpone recurso de unificación de jurisprudencia.
• Hechos establecidos La sentencia de primera instancia calificó el despido como injustificado, lo que llevó a acoger la demanda también en cuanto a la restitución de la suma descontada por concepto del seguro de cesantía.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la calificación judicial de injustificado de un despido por necesidades de la empresa impide la imputación y descuento previsto en el artículo 13 de la Ley N°19.728.
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