Suprema - Rol 25373-2021
BPH S.A./SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD DE LA REGIÓN METROPOLITANA
Abstracto
La Corte Suprema rechaza recurso de protección contra el Ministerio de Salud, que eximió a farmacias de la Norma Técnica N°208 sobre almacenamiento de medicamentos refrigerados. Se considera que la medida es proporcional y no arbitraria, basada en facultades legales y razones técnicas.
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de protección interpuesto por contra el Ministerio de Salud, por estimar ilegal y arbitrario el Decreto Exento N°49 que exime a farmacias, botiquines y recetarios magistrales de la aplicación de la Norma Técnica N°208 sobre almacenamiento y transporte de medicamentos refrigerados y congelados.
• Antecedentes procesales relevantes interpone recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, que lo rechaza. Apela la parte recurrente ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos El Decreto Exento N°49 del Ministerio de Salud exime a farmacias, botiquines y recetarios magistrales de la aplicación de la Norma Técnica N°208, que regula el almacenamiento y transporte de medicamentos refrigerados y congelados. , droguería, alega que esto es discriminatorio y pone en riesgo la calidad de los medicamentos.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
- ¿Es el Decreto Exento N°49 un acto arbitrario e ilegal que vulnera las garantías constitucionales de igualdad ante la ley, no discriminación económica y derecho a desarrollar una actividad económica?
- ¿Actúa el Ministerio de Salud dentro de sus facultades al dictar dicho decreto, considerando la normativa sanitaria vigente?
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