Suprema - Rol 53047-2021

CONTRA CORTE DE APELACIONES DE SAN MIGUEL

Abstracto

La Corte Suprema confirma la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que declar">

• Datos básicos del caso: Se trata del Rol N° 53.047-2021 de la Corte Suprema, sentencia dictada el 21 de septiembre de 2021. La materia es un recurso de amparo.

• Antecedentes procesales relevantes: La Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso de amparo (Ingreso Corte N° 2857-2021). La Corte Suprema se pronuncia sobre la apelación de esa resolución.

• Hechos establecidos: No se explicitaron hechos establecidos en el texto proporcionado, más allá de la interposición de un recurso de amparo alegando ilegal privación de libertad.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte: Determinar si corresponde confirmar la declaración de inadmisibilidad del recurso de amparo decidida por la Corte de Apelaciones.

• Argumentos de las partes: No se explicitaron los argumentos de las partes en el texto proporcionado.

• Doctrina y jurisprudencia citadas: No se explicitaron doctrina ni jurisprudencia citadas en el texto proporcionado.

• Fundamentos clave de la Corte Suprema: La Corte Suprema confirma la sentencia apelada, lo que implica que considera correcta la decisión de inadmisibilidad del recurso de amparo. El Ministro Brito concurre a confirmar, señalando que la cuestión ya fue resuelta en ambas instancias, con razones ya entregadas, lo que justificaría la inadmisibilidad.

• Decisión y efectos: Se confirma la sentencia apelada que declaró inadmisible el recurso de amparo. El efecto es que no se da curso al recurso de amparo.

• Votos concurrentes, disidentes o prevenciones: El Ministro Brito emite un voto de prevención, señalando que la inadmisibilidad se justifica porque la cuestión ya fue resuelta en ambas instancias. El Ministro vota en contra, señalando que debe revocarse la resolución y declarar admisible el amparo, pues no se advierten cuestiones formales que impidan su tramitación, denunciándose una ilegal privación de libertad, lo que se ajusta al artículo 21 de la Constitución Política. Añade que la acción de amparo es autónoma y no altera el sistema recursivo penal, por lo que no aplica el artículo 66 del Código Orgánico de Tribunales.

• Disposiciones legales determinantes: Artículo 21 de la Constitución Política de la República (procedencia del recurso de amparo). Artículo 66 del Código Orgánico de Tribunales (ficción legal sobre la radicación del conocimiento de un asunto en tribunales inferiores).

• Recursos o gestiones posteriores posibles o ya interpuestos: No se explicita información sobre recursos o gestiones posteriores.

• Observaciones sobre ambigüedades o contradicciones: La sentencia presenta una contradicción entre la decisión de la mayoría de confirmar la inadmisibilidad y el argumento del Ministro , quien disiente señalando que se cumplen los requisitos para la admisibilidad del recurso de amparo según el artículo 21 de la Constitución.

Resumen

• Datos básicos del caso: Se trata del Rol N° 53.047-2021 de la Corte Suprema, sentencia dictada el 21 de septiembre de 2021. La materia es un recurso de amparo.

• Antecedentes procesales relevantes: La Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso de amparo (Ingreso Corte N° 2857-2021). La Corte Suprema se pronuncia sobre la apelación de esa resolución.

• Hechos establecidos: No se explicitaron hechos establecidos en el texto proporcionado, más allá de la interposición de un recurso de amparo alegando ilegal privación de libertad.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte: Determinar si corresponde confirmar la declaración de inadmisibilidad del recurso de amparo decidida por la Corte de Apelaciones.

• Argumentos de las partes: No se explicitaron los argumentos de las partes en el texto proporcionado.

• Doctrina y jurisprudencia citadas: No se explicitaron doctrina ni jurisprudencia citadas en el texto proporcionado.

• Fundamentos clave de la Corte Suprema: La Corte Suprema confirma la sentencia apelada, lo que implica que considera correcta la decisión de inadmisibilidad del recurso de amparo. El Ministro Brito concurre a confirmar, señalando que la cuestión ya fue resuelta en ambas instancias, con razones ya entregadas, lo que justif...

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