Suprema - Rol 5098-2021
EUROCAPITAL S.A. CON HOSPITAL CLINICO HERMINDA MARTIN (G.P.)
Abstracto
La Corte Suprema rechaza los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por la ejecutada, confirmando la sentencia de la Corte de Apelaciones de Chillán que ordenó seguir adelante con la ejecución de las facturas.
Resumen
• Datos básicos del caso El caso corresponde al Rol C-2932-2019 del Primer Juzgado Civil de Chillán, caratulado “Eurocapital S.A. con Hospital Clínico Herminda Marti”, sobre juicio ejecutivo de cobro de factura.
• Antecedentes procesales relevantes En primera instancia, el Primer Juzgado Civil de Chillán acogió parcialmente las excepciones 14 y 9 del artículo 464 del Código de Enjuiciamiento Civil respecto de la factura Nº268, ordenando seguir adelante con la ejecución por la factura Nº 261. La Corte de Apelaciones de Chillán revocó este fallo, rechazando las excepciones respecto de la factura Nº 268 y confirmando la orden de seguir adelante con la ejecución por ambas facturas (Nº 261 y Nº 268). La ejecutada interpuso recursos de casación en la forma y en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones.
• Hechos establecidos Las facturas electrónicas Nros. 261 y 268 fueron emitidas el 19 de julio y 6 de agosto de 2018 por y cedidas a Eurocapital S.A. La factura Nº 268 fue reemplazada por la Nº 322, la cual fue pagada. El Hospital Clínico Herminda Martin no reclamó las facturas dentro del plazo legal.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
- Si la cesión de una factura antes del vencimiento del plazo para reclamar su contenido imp...
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