Suprema - Rol 12449-2021

DÍAZ CARO HUGO CON ILUSTRE MUNICIPALID DE LA PINTANA (76)

Abstracto

La Corte Suprema acoge recurso de unificación de jurisprudencia, estableciendo que el no pago de cotizaciones previsionales por el empleador, incluso si la relación laboral se declara judicialmente, justifica el despido indirecto, con las indemnizaciones legales correspondientes.

Resumen

• Datos básicos del caso Autos Rit O-94-2020, Ruc 204027649-5, del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, caratulados “ con Municipalidad de La Pintana”.

• Antecedentes procesales relevantes El Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel acogió la demanda de declaración de existencia de relación laboral, despido indirecto y cobro de prestaciones, interpuesta por y , declarando la existencia de la relación laboral y condenando a la Municipalidad de La Pintana al pago de indemnizaciones, recargo legal, feriado y cotizaciones. La demanda de nulidad del despido fue rechazada. Ambas partes interpusieron recurso de nulidad. La Corte de Apelaciones de San Miguel desestimó el recurso de los actores y acogió el de la demandada, por la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, desestimando la demanda de despido indirecto y declarando que la relación laboral terminó por renuncia voluntaria, manteniendo la condena al pago de feriado y cotizaciones. Los demandantes dedujeron recurso de unificación de jurisprudencia.

• Hechos establecidos

  1. Los actores prestaron servicios ininterrumpidos a la demandada desde el 1 de febrero de 2012 () y 4 de enero de 2015 (), mediante contratos a honorarios...

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