Suprema - Rol 79422-2020
BRIZUELA CON SERVICIOS PARA EL DESARROLLO DE LOS JOVENES(54)
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de unificación de jurisprudencia, касаando sentencia de la Corte de Apelaciones. Determina la validez del emplazamiento al Ministerio de Desarrollo Social en juicios laborales, pero excluye la nulidad del despido en contratos a honorarios con el Estado.
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, de 19 de junio de 2020, que acogió el recurso de nulidad del Fisco de Chile y rechazó la demanda en contra del Ministerio de Desarrollo Social. El caso original (RIT O-6.528-2018, RUC 1840136347-1) se tramitó en el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
• Antecedentes procesales relevantes En primera instancia, se acogió parcialmente la demanda por despido indirecto y nulo, y cobro de prestaciones laborales contra el “Servicio para el Desarrollo de los Jóvenes” SEDEJ y el Ministerio de Desarrollo Social. El Fisco apeló, y la Corte de Apelaciones acogió el recurso de nulidad, dando lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva del Ministerio de Desarrollo Social. Los demandantes recurrieron de unificación de jurisprudencia.
• Hechos establecidos
- Los demandantes fueron trabajadores de la corporación “Servicio para el Desarrollo de los Jóvenes”, que ejecutaba proyectos financiados por el Ministerio de Desarrollo Social.
- Los demandantes se desempeñaron en régimen de subcontratación.
- El Ministerio de Desarrollo Social no ejerció las facultades de información y retención del artículo 183-C del Código del Trabajo, pero ...
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