Suprema - Rol 4842-2022
RÍOS/SCOTIABANK CHILE S. A.
Abstracto
Santiago, veintiocho de agosto de dos mil veintitrés.
VISTOS:
Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos cuarto, quinto y sexto, que se eliminan.
Y TENIENDO EN SU LUGAR PRESENTE:
1.- Que, como se desprende de los antecedentes, la presente acción de protección se dirige en contra de Banco del Estado de Chile, por cuanto éste no habría dado respuesta favorable a la solicitud de la actora, , en orden a suspender el cobro de las cuotas de un crédito hipotecario, atendida la difícil situación económica por la que atraviesa, ofreciendo para ello la dación en pago del inmueble, petición que no fue acogida, lo que estima vulnera las garantías constitucionales consagradas en el artículo 19 N° 1 y 24 de la Constitución Política de la República.
2.- Que, al informar el recurrido, solicitó el rechazo de la acción cautelar, señalando que la controversia planteada debe ser resuelta por los tribunales ordinarios de justicia, mediante un juicio de lato conocimiento, agregando que la actora es deudora del Banco, encontrándose actualmente demandada en un juicio ejecutivo de cobro de pagaré, rol N° C-15.821-2022, seguido ante el 29° Juzgado Civil de Santiago, en el que se despachó mandamiento de ejecución y embargo en contra de la actora.
3.- Que, en este contexto, aparece que la acción deducida por la actora se encuentra sometida al imperio del derecho, a través de un juicio ejecutivo en actual tramitación, en el que la ahora recurrente puede hacer valer todos los derechos que estime le asisten, no siendo la presente acción de protección la vía idónea para resolver la controversia planteada.
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se confirma la sentencia apelada de fecha veinticuatro de abril de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
Regístrese y devuélvase.
Rol N° 52.770-2023.
Pronunciado por la Tercera Sala de esta Corte Suprema integrada por los Ministros (as) Sr. Sergio Muñoz G., Sra. Ángela Vivanco M., Sr. Adelio Vásquez B., y los Ministros (as) Suplentes Sra. Eliana Quezada M., y Sr. Rodrigo Carvajal S.
Autoriza la Ministra de Fe de la Excma. Corte Suprema
En Santiago, a veintiocho de agosto de dos mil veintitrés, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente.
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de protección Rol Nº 4.842-2022.
• Antecedentes procesales relevantes Se interpone recurso de protección en contra de un banco por la imposibilidad de pagar cuotas de un crédito hipotecario, alegando vulneración del artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República. El banco recurrido alega extemporaneidad del recurso y el ejercicio legítimo de su derecho a exigir el pago anticipado de la deuda. La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechaza el recurso.
• Hechos establecidos El recurrente no pudo pagar las cuotas de su crédito hipotecario debido a la morosidad en otros créditos con el mismo banco. El banco inició un juicio ejecutivo para el cobro de la deuda, basándose en la cláusula de aceleración del contrato de mutuo hipotecario.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte
- ¿Es extemporáneo el recurso de protección?
- ¿Vulnera el banco las garantías constitucionales del recurrente al impedir el pago de las cuotas del crédito hipotecario e iniciar un juicio ejecutivo?
• Argumentos de las partes
- Recurrente: La imposibilidad de pagar las cuotas del crédito hipotecario vulnera su derecho de propiedad (artículo 19 N°24 de la Constitución).
- Banco recurrido: El recurso es extemporáneo. El impedimento de pago...
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