Suprema - Rol 57674-2022
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Abstracto
Santiago,
VISTOS:
En estos autos Rol N° caratulados “, con , ”, sobre recurso de queja, la parte demandante deduce este arbitrio en contra de los Ministros de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, señores y y del Abogado Integrante señor .
Expone que con fecha 9 de enero de 2023, interpuso demanda en procedimiento monitorio laboral en contra de “”, solicitando el pago de las prestaciones laborales que indica.
El demandado opuso excepción de falta de legitimidad activa del demandante, la que fue acogida por el Juzgado del Trabajo de Punta Arenas.
Apelada esa decisión, la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, con fecha 26 de abril de 2023, la confirmó.
Estima que la resolución de la Corte de Apelaciones es susceptible de ser recurrida vía queja, desde que contiene graves errores y vicios que deben ser enmendados por esta Corte, ya que los recurridos han incurrido en una errónea interpretación del artículo 497 del Código del Trabajo.
Solicita se acoja el recurso de queja interpuesto y se enmiende con arreglo a derecho la resolución impugnada.
A fojas , rola informe de los recurridos.
CONSIDERANDO:
1° Que, el recurrente funda su queja en que la Corte de Apelaciones de Punta Arenas confirmó la resolución de primer grado que acogió la excepción de falta de legitimidad activa opuesta por la demandada, por cuanto, a su juicio, se realizó una errónea interpretación del artículo 497 del Código del Trabajo.
2° Que, el artículo 497 del Código del Trabajo, dispone: “Si el empleador no cumple con lo ordenado en la resolución, el juez, a petición de parte, dictará mandamiento de ejecución y embargo por las sumas ordenadas pagar, más los intereses y reajustes que correspondan, ordenando se requiera de pago al ejecutado. En este caso, no procederá la excepción del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de lo establecido en el artículo siguiente”.
3° Que, de la lectura de la norma transcrita, se desprende que el legislador estableció un procedimiento especial para el cobro de las prestaciones laborales ordenadas pagar por el empleador en el procedimiento monitorio laboral, el cual se caracteriza por su rapidez y eficacia, en tanto, no se exige al trabajador que inicie un nuevo juicio para obtener el cumplimiento de lo ordenado, sino que basta con que solicite al juez que dicte mandamiento de ejecución y embargo por las sumas adeudadas.
4° Que, en este contexto, la excepción de falta de legitimidad activa opuesta por el demandado, no resulta procedente, desde que el artículo 497 del Código del Trabajo, establece que no procede la excepción del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, norma que enumera las excepciones que puede oponer el ejecutado, entre las cuales se encuentra la de falta de legitimidad activa del demandante.
5° Que, por lo tanto, al acoger la Corte de Apelaciones la excepción de falta de legitimidad activa del demandante, incurrió en un error de derecho, al interpretar erróneamente el artículo 497 del Código del Trabajo, desde que dicha norma establece expresamente que no procede la excepción del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, entre las cuales se encuentra la de falta de legitimidad activa del demandante.
6° Que, en consecuencia, el recurso de queja interpuesto debe ser acogido, por cuanto se ha acreditado la existencia de un error de derecho en la resolución impugnada.
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 545 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales, se acoge el recurso de queja interpuesto por la parte demandante en contra de los Ministros de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, señores y y del Abogado Integrante señor , y en consecuencia, se deja sin efecto la resolución de fecha 26 de abril de 2023, que confirmó la resolución de primer grado que acogió la excepción de falta de legitimidad activa del demandante, y en su lugar, se declara que se rechaza la excepción de falta de legitimidad activa opuesta por la demandada.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Ministro
Ministro
Ministro Suplente
Secretario Subrogante
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de queja interpuesto por doña , en representación de don , en contra de los ministros de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, señores , y señora .
• Antecedentes procesales relevantes El Juzgado de Letras de Puerto Natales acogió la excepción de falta de legitimidad activa opuesta por la demandada, Scaleaq Chile SpA, en un procedimiento monitorio laboral (RIT M 20-2021). La Corte de Apelaciones de Punta Arenas confirmó esta resolución. El demandante recurre de queja.
• Hechos establecidos El 9 de diciembre de 2022, , representado por doña , demandó en procedimiento monitorio a Scaleaq Chile SpA por despido improcedente y cobro de prestaciones. El tribunal de primera instancia acogió la demanda, pero la demandada reclamó. En la audiencia única, el juzgado acogió la excepción de falta de legitimidad activa del demandante por no cumplir estrictamente con el artículo 497 del Código del Trabajo (no acompañar el acta del comparendo ante la Inspección del Trabajo).
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la Corte de Apelaciones incurrió en falta o abuso grave al confirmar la decisión del Juzgado de Letras de ...
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