Suprema - Rol 8296-2022

ESTEVEZ/SUPERINTENDENCIA DE SALUD

Abstracto

La Corte Suprema revoca la sentencia apelada y rechaza la acción de protección interpuesta contra la Superintendencia de Salud, declarándola extemporánea, ya que el certificado impugnado es una constancia de un registro preexistente.

Resumen

• Datos básicos del caso Acción de protección interpuesta por doña , médico cubana, en contra de la Superintendencia de Salud.

• Antecedentes procesales relevantes La acción de protección busca impugnar la limitación al ejercicio profesional en el sector público impuesta en el certificado de inscripción en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud de la recurrente, emitido el 18 de febrero de 2021. La Superintendencia de Salud solicitó el rechazo de la acción, argumentando improcedencia, extemporaneidad y falta de legitimación pasiva. El Tribunal Constitucional acogió un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 2 bis, inciso segundo, en la frase “y solo para el sector público” de la Ley N° 20.261 en estos autos.

• Hechos establecidos La recurrente obtuvo la certificación de su especialidad médica a través de CONACEM, con la limitación de ejercicio al sector público. La Superintendencia de Salud, basándose en esta certificación y la declaración de la recurrente, la inscribió en el Registro Nacional de Prestadores de Salud en 2018. El certificado impugnado es una constancia de esta inscripción, accesible al público y generable a la fecha de consulta.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento ...

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