Suprema - Rol 103282-2022
ESCOBAR/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Abstracto
La Corte Suprema confirma la sentencia apelada, ordenando a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva del recurrente en un plazo de 60 días. Disidencia argumenta que la demora no es ilegal ni arbitraria y no vulnera derechos constitucionales.
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de protección interpuesto por un solicitante de permanencia definitiva ante la tardanza en la resolución de su solicitud.
• Antecedentes procesales relevantes Se apela la sentencia de primera instancia. La Corte Suprema confirma la sentencia apelada, con declaración de que la recurrida debe emitir un pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva dentro de 60 días.
• Hechos establecidos El recurrente alega demora de más de seis meses en la respuesta a su solicitud de permanencia definitiva.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la demora en la resolución de la solicitud de permanencia definitiva es ilegal o arbitraria y si vulnera derechos fundamentales del recurrente.
• Argumentos de las partes El recurrente alega falta de tramitación u omisión ilegal o arbitraria por la tardanza en la respuesta a su solicitud. La recurrida, al informar, invocó como justificación la pandemia del COVID-19 y la masificación de la migración regular e irregular.
• Doctrina y jurisprudencia citadas Se citan sentencias anteriores de la Corte Suprema (Roles N° 4.817-2012, 6.661-2014 y 97.686-2016) que establecen que el plazo del artículo 27 de la Ley N° 19.880 no es fatal. Se cita también el Dictamen E81089N21 de l...
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