Suprema - Rol 7165-2022

MADERAS Y COMPAÑÍA LIMITADA CON COMERCIALIZADORA Y DISTIBUIDORA .(S) **

Abstracto

La Corte Suprema rechaza recurso de casación en el fondo contra sentencia que acogió el abandono del procedimiento en una acción revocatoria concursal. Se confirma que el artículo 157 del Código de Procedimiento Civil no se extiende a este tipo de acciones.

Resumen

• Datos básicos del caso Juicio sumario sobre acción concursal revocatoria subjetiva, Rol C-174-2020, Juzgado de Letras de Lautaro, “Maderas y Compañía Limitada con Comercializadora y Distribuidora Limitada”.

• Antecedentes procesales relevantes El Juzgado de Letras de Lautaro acogió incidente de abandono de procedimiento planteado por la demandada. La Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la resolución. La demandante interpuso recurso de casación en el fondo.

• Hechos establecidos

  1. El liquidador concursal , en la liquidación forzosa de Maderas y Compañía Limitada, dedujo acción revocatoria concursal contra la deudora y Comercializadora y Distribuidora Limitada.
  2. El 2 de julio de 2020 se recibió la causa a prueba, notificándose a la demandada el 27 de julio de 2021 y al demandante el 4 de agosto de 2021.
  3. El 29 de septiembre de 2021, la demandada solicitó abandono del procedimiento, argumentando inactividad por más de un año desde la resolución que recibió la causa a prueba.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si el artículo 157 del Código de Procedimiento Civil, que prohíbe el abandono del procedimiento en procedimientos concursales de liquidación, es ...

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