Suprema - Rol 6392-2022
FLORES BAEZ Y OTRAS CON ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES PROVIDA S.A. (131)
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de unificación de jurisprudencia, estableciendo que si el despido por necesidades de la empresa es declarado injustificado, no procede la imputación al pago de la indemnización por años de servicio del saldo de la cuenta individual de cesantía.
Resumen
• Datos básicos del caso: Autos RIT O-112-2021, RUC 2140331933-0, del Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó. Recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por las demandantes contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca, que había acogido el recurso de nulidad de la demandada, Administradora de Fondos de Pensiones Provida S. A., en un juicio por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales.
• Antecedentes procesales relevantes: El Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó falló a favor de las demandantes, declarando el despido injustificado y ordenando el pago de prestaciones e incrementos correspondientes, así como la restitución del monto descontado por concepto de aporte al fondo de cesantía. La demandada recurrió de nulidad, y la Corte de Apelaciones de Talca acogió el recurso, revocando la sentencia de primera instancia en lo relativo a la restitución del descuento por aporte al seguro de cesantía. Las demandantes interpusieron recurso de unificación de jurisprudencia contra la sentencia de la Corte de Apelaciones.
• Hechos establecidos: Las demandantes fueron despedidas por la Administradora de Fondos de Pensiones Provida S. A. invocando la causal de necesidades de la empresa. El Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó declaró el despido injus...
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