Suprema - Rol 10976-2022
CON FUNDACIÓN ARTURO LÓPEZ PÉREZ (147)
Abstracto
La Corte Suprema acoge el recurso de unificación de jurisprudencia, estableciendo que el descuento del seguro de cesantía por el empleador es improcedente si el despido por necesidades de la empresa se declara injustificado, invalidando el fallo impugnado.
Resumen
• Datos básicos del caso En autos RIT O-4642-2021, RUC 21- 4-0351866-K, del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales. La sentencia de primera instancia acoge la demanda, condenando a la Fundación Arturo López Pérez a la devolución del seguro de cesantía por $2.744.870.
• Antecedentes procesales relevantes La demandada interpone recurso de nulidad, invocando la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, en relación con el artículo 13 de la Ley N° 19.728. La Corte de Apelaciones de Santiago acoge el recurso, rechazando el pago de $2.744.870. La demandante deduce recurso de unificación de jurisprudencia contra este último pronunciamiento.
• Hechos establecidos La sentencia de primera instancia consideró injustificado el despido de la demandante, ordenando la devolución del monto descontado por concepto de seguro de cesantía. La Corte de Apelaciones revocó este punto, decisión que motiva el recurso de unificación de jurisprudencia.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte La materia de derecho a unificar es la correcta interpretación y aplicación de los artículos 13 y 52 de la Ley N°19.728, respecto a la procedencia del descuento del aporte al seguro de cesantía realizado por e...
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