Suprema - Rol 1115-2022
EMPRESAS AQUA CHILE S.A. (CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA) **
Abstracto
Santiago, veintiocho de diciembre de dos mil veintitrés.
VISTOS:
En estos autos Rol N° 14.749-2023, la empresa interpuso reclamo de ilegalidad en contra de la decisión del Consejo para la Transparencia, adoptada en la sesión ordinaria N° 1.370, de fecha 18 de enero de 2023, en el amparo Rol C1093-22, notificada con fecha 20 de enero de 2023, que acogió el amparo deducido en contra de la reclamante, ordenando la entrega de la información solicitada.
La fundó su reclamo, en síntesis, en que el Consejo para la Transparencia ordenó la entrega de información amparándose en el principio de divisibilidad establecido en el artículo 11 letra c) de la Ley de Transparencia, sin considerar que el solicitante de la información se había desistido del procedimiento administrativo, según consta en la Resolución Exenta N° 15.816 de 27 de diciembre de 2022, dictada por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.
La Corte de Apelaciones de Puerto Montt, por sentencia de ocho de junio de dos mil veintitrés, rechazó el reclamo de ilegalidad.
Apelada dicha decisión por la reclamante, la Corte Suprema con fecha 17 de agosto del año en curso, acogió el recurso de apelación, revocó la sentencia apelada y acogió el reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de la decisión del Consejo para la Transparencia, adoptada en la sesión ordinaria N° 1.370, de fecha 18 de enero de 2023, en el amparo Rol C1093-22.
Con fecha 13 de septiembre de 2023, el Consejo para la Transparencia solicitó aclaración, rectificación o enmienda de la sentencia, la cual fue rechazada por resolución de 28 de septiembre de 2023.
En contra de la referida sentencia, el Consejo para la Transparencia interpuso recurso de reposición, solicitando se deje sin efecto la sentencia dictada y se ordene traer los autos en relación para su vista y fallo, el que se funda en que esta Corte habría incurrido en un error de hecho al señalar que la Resolución Exenta N° 15.816 de 27 de diciembre de 2022, dictada por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, da cuenta del desistimiento del solicitante de la información, desde que dicho documento da cuenta de una solicitud de prórroga del plazo para responder la solicitud de información.
Con fecha 23 de octubre de 2023, se trajeron los autos en relación para conocer del recurso de reposición.
CONSIDERANDO:
1°) Que, el Consejo para la Transparencia interpone recurso de reposición en contra de la sentencia dictada por esta Corte, fundada en que ésta habría incurrido en un error de hecho al señalar que la Resolución Exenta N° 15.816 de 27 de diciembre de 2022, dictada por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, da cuenta del desistimiento del solicitante de la información, desde que dicho documento da cuenta de una solicitud de prórroga del plazo para responder la solicitud de información.
2°) Que, al respecto, es menester señalar que la referida Resolución Exenta N° 15.816 de 27 de diciembre de 2022, dictada por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, señala en su parte resolutiva lo siguiente: “Apruébese la solicitud de prórroga de plazo, hasta el día 13 de enero de 2023, para dar respuesta a la solicitud de acceso a la información signada con el Id. N° AO001-0001580, requerida por don , mediante presentación electrónica de fecha 21 de noviembre de 2022”.
3°) Que, de lo expuesto, se desprende que el recurso de reposición interpuesto por el Consejo para la Transparencia debe ser acogido, desde que esta Corte incurrió en un error de hecho al señalar que la Resolución Exenta N° 15.816 de 27 de diciembre de 2022, dictada por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, da cuenta del desistimiento del solicitante de la información, desde que dicho documento da cuenta de una solicitud de prórroga del plazo para responder la solicitud de información.
4°) Que, sin perjuicio de lo anterior, esta Corte estima necesario precisar que el error de hecho en que incurrió no es suficiente para alterar lo resuelto en la sentencia, desde que, de los antecedentes allegados al proceso, consta que el solicitante de la información se desistió del procedimiento administrativo, según consta en la Resolución Exenta N° 16.231 de 30 de diciembre de 2022, dictada por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, la cual señala en su parte resolutiva lo siguiente: “Declárese el desistimiento del solicitante respecto de la solicitud de acceso a la información signada con el Id. N° AO001-0001580, requerida por don , mediante presentación electrónica de fecha 21 de noviembre de 2022”.
5°) Que, en consecuencia, el recurso de reposición interpuesto por el Consejo para la Transparencia debe ser acogido, pero sólo en cuanto se rectifica el error de hecho en que incurrió esta Corte, manteniéndose lo resuelto en la sentencia dictada con fecha 17 de agosto de 2023, que acogió el recurso de apelación, revocó la sentencia apelada y acogió el reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de la decisión del Consejo para la Transparencia, adoptada en la sesión ordinaria N° 1.370, de fecha 18 de enero de 2023, en el amparo Rol C1093-22.
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de reposición interpuesto por el Consejo para la Transparencia en contra de la sentencia de 17 de agosto de 2023, sólo en cuanto se rectifica el error de hecho en que incurrió esta Corte, señalándose que la Resolución Exenta N° 15.816 de 27 de diciembre de 2022, dictada por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, da cuenta de una solicitud de prórroga del plazo para responder la solicitud de información, manteniéndose lo resuelto en la sentencia dictada con fecha 17 de agosto de 2023, que acogió el recurso de apelación, revocó la sentencia apelada y acogió el reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de la decisión del Consejo para la Transparencia, adoptada en la sesión ordinaria N° 1.370, de fecha 18 de enero de 2023, en el amparo Rol C1093-22.
Redactó la Ministra Sra. .
Regístrese y devuélvase.
Rol N° 14.749-2023.
Ministro
Ministro
Ministra
Ministro
Ministro Suplente
Resumen
• Datos básicos del caso El caso Rol Nº 1.115-2022, caratulado “Empresas Aqua Chile S.A. con Consejo para la Transparencia”, corresponde a un recurso de queja interpuesto contra los integrantes de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt (Ministro Sr. , Fiscal Judicial Sra. , y Abogado Integrante Sr. ) por supuestas faltas y abusos graves.
• Antecedentes procesales relevantes Empresas Aqua Chile S.A. interpuso un recurso de queja contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, de fecha 4 de enero de 2022, que rechazó su reclamo de ilegalidad contra la decisión del Consejo para la Transparencia (Rol C3651-20). Dicha decisión ordenaba entregar a copia de los datos originales usados para elaborar los ‘Informes Sanitarios de Salmonicultura en Centros Marinos’. La solicitud de acceso a la información se había presentado originalmente ante el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) el 1 de junio de 2020, siendo denegada por la oposición de las empresas involucradas. Tras la negativa de Sernapesca, el solicitante interpuso un amparo ante el Consejo para la Transparencia, que culminó con la instrucción de entregar la información. Empresas Aqua Chile S.A. reclamó contra esta decisión, alegando que l...
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