Suprema - Rol 15048-2022
ANONIMIZADO
Abstracto
La Corte Suprema revoca sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco, acogiendo recurso de casación en el fondo. Se acoge demanda de divorcio al considerar errónea la interpretación del artículo 55 de la Ley de Matrimonio Civil respecto al incumplimiento alimentario.
Resumen
• Datos básicos del caso Causa RIT C-2518-2018, caratulada “ con ”, seguida ante el Juzgado de Familia de Temuco.
• Antecedentes procesales relevantes El Juzgado de Familia de Temuco rechazó la demanda de divorcio por cese de convivencia, acogiendo la excepción del artículo 55 inciso tercero de la Ley N° 19.947. La Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la sentencia. La demandante interpuso recurso de casación en el fondo.
• Hechos establecidos
- El demandante se obligó a pagar una pensión de alimentos de $50.000 mediante conciliación el 14 de agosto de 2018.
- Al 27 de enero de 2021, adeudaba $1.447.415 por alimentos.
- El 2 de marzo de 2021, se informó el pago de $1.061.301 proveniente del retiro del 10% de los fondos previsionales del actor.
- El 7 de octubre de 2021, adeudaba $215.876, pagados el 12 de octubre de 2021, un día antes del juicio.
- El demandante posee una discapacidad física moderada del 39,30%.
- Dos meses después de la demanda, el alimentante registraba un ahorro de $2.510.040.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte La correcta interpretación del artículo 55 inciso 3° de la Ley N° 19.947, específicamente si el pago de la obligación alimenticia antes del juicio subsana el incumplimiento reite...
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