Suprema - Rol 24708-2022
ANONIMIZADO
Abstracto
La Corte Suprema acoge el exequátur de una sentencia de divorcio dictada en Venezuela en 1999, al no ser contraria a las leyes chilenas y cumplir con los requisitos del artículo 245 del Código de Procedimiento Civil.
Resumen
• Datos básicos del caso Don solicita exequátur para la sentencia de divorcio dictada en Venezuela en 1999, respecto de su matrimonio celebrado en Chile con doña en 1972.
• Antecedentes procesales relevantes Se ofició al Departamento de Migraciones ante el desconocimiento del domicilio de la requerida, designándose defensor de ausentes. La Fiscal Judicial informó favorablemente el exequátur.
• Hechos establecidos
- Don y doña contrajeron matrimonio en Temuco, Chile, en 1972.
- El Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario del Segundo Distrito de la Circunscripción Judicial del Estado de Bolívar, en Puerto Ordaz, Venezuela, dictó sentencia de divorcio el 12 de julio de 1999, a solicitud de ambos cónyuges, basada en el cese de la convivencia por más de cinco años.
- La sentencia se encuentra firme.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Procedencia del exequátur solicitado para la sentencia de divorcio dictada en Venezuela.
• Argumentos de las partes
- Peticionario (Don ): Solicita el exequátur para que la sentencia de divorcio venezolana tenga validez en Chile.
- Defensor de ausentes (Doña ): E...
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