Suprema - Rol 114692-2022
HIDROELÉCTRICA RÍO LIRCAY S.A./TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIA
Abstracto
La Corte Suprema rechaza recurso de hecho contra resolución del TDLC en expediente de recomendación normativa (ERN) sobre libre competencia, al considerar que la facultad del TDLC en este ámbito no es jurisdiccional ni vinculante.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de hecho interpuesto por , , y de contra la resolución del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) de 22 de septiembre de 2022, en el expediente Rol N° 27-2021 (ERN). La resolución impugnada denegó el recurso de reclamación contra la decisión que puso término al procedimiento del artículo 18 N°4 del Decreto Supremo N° 211. La vista se realizó el 27 de marzo de 2023.
• Antecedentes procesales relevantes: El TDLC dictó una resolución que puso término al procedimiento iniciado en virtud del artículo 18 N°4 del Decreto Ley N° 211, negándose a ejercer la facultad de proponer modificaciones o derogaciones de preceptos legales contrarios a la libre competencia en relación con el Mecanismo de Precio Estabilizado del artículo 149 inciso 5° de la Ley General de Servicios Eléctricos y el D.S. N° 88 de 2020 del Ministerio de Energía. Los recurrentes interpusieron un recurso de reclamación, el cual fue denegado por el TDLC, dando origen al recurso de hecho ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos: El TDLC decidió no ejercer la facultad establecida en el artículo 18 N°4 del Decreto Ley N° 211 en relación con el Mecanismo de Precio Estabilizado del artículo 149 inciso 5° de la Ley G...
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