Suprema - Rol 59830-2022
CON ABARROTES ECONÓMICOS LTDA.
Abstracto
La Corte Suprema rechaza recurso de unificación de jurisprudencia sobre descuento al seguro de cesantía en despido injustificado. Ratifica que el descuento solo opera si el término del contrato es justificado bajo el artículo 161 del Código del Trabajo, manteniendo criterio jurisprudencial.
Resumen
• Datos básicos del caso: Autos RIT T-51-2021, RUC 2140351781-7, del Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán. Recurso de unificación de jurisprudencia contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Chillán de 14 de julio de 2022, que rechazó los recursos de nulidad interpuestos contra la sentencia de primera instancia de 26 de abril de 2022.
• Antecedentes procesales relevantes: En primera instancia, se rechazó la demanda principal de vulneración de derechos fundamentales y se acogió la demanda subsidiaria de despido injustificado, condenando a la demandada al pago del incremento legal y a la restitución de los descuentos por concepto de seguro de cesantía. La Corte de Apelaciones rechazó los recursos de nulidad de ambas partes. La demandada interpuso recurso de unificación de jurisprudencia.
• Hechos establecidos: El Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán determinó que el despido fue injustificado. La Corte de Apelaciones de Chillán confirmó esta decisión.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte: Determinar si el empleador puede descontar los aportes al seguro de cesantía del trabajador cuando el despido es declarado injustificado, indebido o improcedente, conforme al artículo 13 de la Ley N°19.728.
• Argumentos de las partes: La demandada (re...
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