Suprema - Rol 83877-2023

VERDECIA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLIC

Abstracto

Santiago,

VISTOS:

En estos autos Rol N° de la Corte de Apelaciones de Santiago, caratulados “ con Servicio Nacional de Migraciones”, el abogado , en representación de , interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, fundado en que el recurrente ingresó al país en calidad de turista el , obteniendo posteriormente permiso de residencia temporal, el que fue prorrogado hasta el . El , solicitó permiso de residencia definitiva, el cual, a la fecha de interposición del recurso, no ha sido resuelto, lo que considera vulnera sus derechos constitucionales.

La Corte de Apelaciones de Santiago, por sentencia de , acogió el recurso de protección, ordenando al Servicio Nacional de Migraciones resolver la solicitud de permanencia definitiva del recurrente en el plazo de 30 días.

En contra de esta sentencia, el Servicio Nacional de Migraciones interpuso recurso de apelación, el que fue concedido por el Tribunal a quo y elevado a esta Corte Suprema.

CONSIDERANDO:

1°) Que el recurso de protección es una acción de carácter cautelar, destinada a amparar a quien, por acto u omisión arbitraria o ilegal, sufre privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías constitucionales taxativamente enumerados en el artículo 20 de la Constitución Política de la República.

2°) Que, en el caso de autos, el recurrente alega que la demora en la resolución de su solicitud de permanencia definitiva vulnera sus derechos a la igualdad ante la ley, al trabajo y a la libertad de locomoción.

3°) Que, sin embargo, de los antecedentes allegados al proceso, no se advierte que la demora en la resolución de la solicitud de permanencia definitiva haya vulnerado los derechos del recurrente, toda vez que su situación migratoria se encuentra regular, en virtud de lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley N° 21.325, que establece que “El extranjero que haya solicitado un permiso de residencia y este se encuentre en trámite, se entenderá que su permiso anterior se encuentra vigente hasta que se notifique la resolución que se pronuncie sobre su solicitud”.

4°) Que, en consecuencia, no existiendo acto u omisión ilegal o arbitraria que haya privado, perturbado o amenazado los derechos del recurrente, el recurso de protección debe ser rechazado.

Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 20 de la Constitución Política de la República y 36 del Auto Acordado de esta Corte sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se revoca la sentencia apelada de , dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en el Rol N° , y se rechaza el recurso de protección interpuesto en contra del Servicio Nacional de Migraciones.

Regístrese y devuélvase.

Ministro

Ministro

Ministro

Ministro Suplente

Abogado Integrante

Pronunciado por la Cuarta Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros señores , , , el Ministro Suplente señor y el Abogado Integrante señor .

Secretario

Resumen

• Datos básicos del caso Acción de protección interpuesta contra el Servicio Nacional de Migraciones por la omisión en resolver la solicitud de permanencia definitiva del recurrente.

• Antecedentes procesales relevantes El recurrente interpone acción de protección buscando que se ordene al Servicio Nacional de Migraciones pronunciarse sobre su solicitud de permanencia definitiva. La Corte de Apelaciones acoge el recurso. El Servicio Nacional de Migraciones apela a la Corte Suprema.

• Hechos establecidos El Servicio Nacional de Migraciones no ha emitido un pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva del recurrente al momento de la interposición del recurso. La solicitud se encuentra en tramitación, sujeta a un procedimiento establecido, cuyo estado puede ser verificado en línea por el interesado.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la demora del Servicio Nacional de Migraciones en resolver la solicitud de permanencia definitiva del recurrente constituye una vulneración a sus derechos constitucionales, específicamente su derecho a la vida e integridad física y psíquica, y su derecho a la igualdad ante la ley.

• Argumentos de las partes El recurrente argumenta que la demora en la resolución de su solicitud de permanencia de...

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