Suprema - Rol 106526-2023
BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/ - (ACUM.ING.CORTE N°6207-2021,INCIDENTE) - (LTE)
Abstracto
Santiago, de Agosto de 2023.
Vistos:
Se reproduce la sentencia en alzada.
Y teniendo, además, presente:
1° Que la ejecutada dedujo recurso de casación en el fondo, en el que denuncia la infracción de los artículos 177 del Código de Procedimiento Civil y 1516 del Código Civil.
2° Que, como se ha resuelto reiteradamente, para que esta Corte pueda entrar a conocer de un recurso de casación en el fondo, es menester que se haya denunciado la infracción de alguna norma decisoria litis, esto es, aquella que, aplicada a los hechos establecidos en el juicio, haya servido para resolver la cuestión controvertida.
3° Que, en la especie, el recurrente denuncia la infracción de normas que no tienen el carácter de decisoria litis, por lo que el recurso no puede prosperar.
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 764, 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de casación en el fondo deducido por la abogada , en representación de la ejecutada, en contra de la sentencia de veintinueve de marzo de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
Regístrese y devuélvase.
Ministro Ministro Ministro Abogado Integrante Secretario(a) Subrogante
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de casación en el fondo en procedimiento ejecutivo de cobro de mutuo hipotecario, Rol C-15084-2019, caratulado “Banco de Crédito e Inversiones con ”, seguido ante el Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago. El recurso es interpuesto por el ejecutado, demandado como fiador y codeudor solidario. La sentencia impugnada es la de la Corte de Apelaciones de Santiago, de 11 de mayo de 2023, que confirmó el fallo de primera instancia de 13 de abril de 2020.
• Antecedentes procesales relevantes: El tribunal de primera instancia rechazó la excepción del Nº 3 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil (litispendencia). La Corte de Apelaciones confirmó esta decisión. El ejecutado interpone recurso de casación en el fondo.
• Hechos establecidos: El ejecutado opuso la excepción de litispendencia, argumentando que el crédito había sido verificado en la liquidación del deudor principal y que el ejecutante renunció a la solidaridad al no hacer reserva expresa en la verificación.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte: Determinar si la Corte de Apelaciones incurrió en error de derecho al confirmar el rechazo de la excepción de litispendencia del artículo 464 N°3 del Código de Procedimiento Civil, basada en la sup...
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