Suprema - Rol 233953-2023
SALCEDO QUINTANA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Abstracto
La Corte Suprema revoca la sentencia apelada, rechazando el recurso de protección interpuesto contra el Servicio Nacional de Migraciones. La demora en la tramitación de la visa temporal no vulnera derechos del recurrente, aunque se insta a una resolución en plazo razonable.
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de protección interpuesto contra el Servicio Nacional de Migraciones por la omisión en pronunciarse sobre una solicitud de visa temporal.
• Antecedentes procesales relevantes La Corte de Apelaciones acogió el recurso. El Servicio Nacional de Migraciones apeló ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos El Servicio Nacional de Migraciones no se había pronunciado sobre la solicitud de visa temporal del recurrente al momento de la interposición del recurso. La solicitud está sujeta a un procedimiento uniforme y establecido. Existe una nueva legislación migratoria (Ley N°21.325 y Decreto Supremo N°296) que regula la materia.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la demora del Servicio Nacional de Migraciones en pronunciarse sobre la solicitud de visa temporal afecta los derechos del recurrente protegidos por la Constitución.
• Argumentos de las partes El recurrente alega que la demora afecta su derecho a la vida e integridad física y psíquica, manteniéndolo en un estado de angustia al no poder ejercer derechos constitucionales, habiendo transcurrido el plazo del artículo 27 de la Ley N°19.880. El Servicio recurrido argumenta que existe un procedimiento reglado para la tramitación de las solicitudes de visa y q...
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