Suprema - Rol 233437-2023
, /ASOCIACION GREMIAL MINERA DE OVALLE
Abstracto
La Corte Suprema rechaza recurso de casación en el fondo, confirmando sentencia que acogió excepción de falta de legitimación pasiva en interdictos posesorios, al establecerse que las obras se realizaron en inmueble dado en comodato a un tercero.
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de La Serena, que confirmó la de primera instancia, acogiendo la excepción de falta de legitimación pasiva respecto de los interdictos posesorios deducidos.
• Antecedentes procesales relevantes La Corte de Apelaciones de La Serena confirmó la sentencia de primera instancia que acogió la excepción de falta de legitimación pasiva. Contra esta resolución, la demandante interpuso recurso de casación en el fondo.
• Hechos establecidos
- El 8 de febrero de 2002, la querellante vendió a la querellada el inmueble inscrito a fojas 461 vuelta, Nº 539 en el Registro de Propiedad de Bienes Raíces de Ovalle, correspondiente al año 2002, colindante con el de su propiedad.
- La Municipalidad de Ovalle, mediante Decreto Exento Nº 5.454 de 8 de octubre de 2018, aprobó un contrato de comodato por diez años con la querellada, relativo al inmueble inscrito a fojas 461 vuelta, Nº 539 en el Registro de Propiedad de Bienes Raíces de Ovalle, correspondiente al año 2002.
- El 28 de noviembre de 2019, mediante Decreto Exento Nº 5.034 de la Municipalidad de Ovalle, se aprobó un contrato que encomienda a una empresa constructora la edificación de la sede de la Asociac...
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