Suprema - Rol 160856-2022
CON MUNICIPALIDAD DEL EL BOSQUE
Abstracto
La Corte Suprema acoge el recurso de unificación de jurisprudencia, estableciendo que la relación entre una arquitecta y la Municipalidad de El Bosque, formalmente a honorarios, constituye un vínculo laboral regido por el Código del Trabajo, dada la subordinación y falta de especificidad de las labores.
Resumen
• Datos básicos del caso Autos RIT O-118-2022, RUC 2240384155-6, del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel. Recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por la demandante, doña , en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel que desestimó su recurso de nulidad.
• Antecedentes procesales relevantes
- El Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel rechazó la demanda de declaración de relación laboral y cobro de prestaciones por despido injustificado y nulo, presentada por doña contra la Municipalidad de El Bosque.
- La Corte de Apelaciones de San Miguel desestimó el recurso de nulidad interpuesto por la demandante.
- La demandante interpuso recurso de unificación de jurisprudencia contra la sentencia de la Corte de Apelaciones.
• Hechos establecidos
- Doña , arquitecta, fue contratada a honorarios por la Municipalidad de El Bosque, desde el 1 de diciembre de 2011 al 31 de diciembre de 2021.
- Los contratos a honorarios tenían duración limitada y describían cometidos específicos, variando anualmente.
- La demandante cumplió el cometido general de “diseñar y elaborar proyectos de infraestructura y mejoramiento urbano”, invariable desde 2011 a 2018, agregándose entre 2019 y 2021 la postulaci...
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