Suprema - Rol 134292-2022
ANA KONRAD KOLS CON SISTEMAS DE COMUNICACIONES Y ELECTRICOS LIMITADA. TERCERISTA: . **
Abstracto
La Corte Suprema rechaza los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel, que confirmó la tercería de prelación, estableciendo el derecho del tercerista a concurrir al pago a prorrata con la ejecutante.
Resumen
• Datos básicos del caso: Autos RIT C-336-2019, RUC 1940166727-2, Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de San Miguel.
• Antecedentes procesales relevantes: El Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de San Miguel acogió la tercería de prelación deducida por . La Corte de Apelaciones de San Miguel confirmó la sentencia. La ejecutante interpuso recursos de casación en la forma y en el fondo.
• Hechos establecidos:
- Se ordenó el embargo de un inmueble de propiedad de "Sistemas de Comunicaciones y Eléctricos Limitada" para hacer efectivo el crédito de la ejecutante, originado en una sentencia laboral por $98.560.451 (al 6 de mayo de 2021).
- (tercerista) obtuvo una sentencia condenatoria contra la ejecutada, con un crédito de $70.871.783 (según liquidación del 22 de diciembre de 2020).
- Existe una hipoteca sobre el inmueble por $158.000.000 constituida por la ejecutada a favor del Fondo de Inversión Sartor Proyección, derivada de un mutuo de fecha 12 de junio de 2019 y un pagaré del 26 de febrero de 2021.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte:
- Si la sentencia incurrió en ultrapetita al fallar sobre una tercería de pago en lugar de una de prelación.
- Si el tercerista tenía la carga de probar la inexistencia de o...
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