Suprema - Rol 157334-2022
CON MUNICIPALIDAD DE LA GRANJA
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de unificación de jurisprudencia, estableciendo que el Código del Trabajo aplica a contratados a honorarios por la Administración del Estado si sus labores se desarrollan fuera del marco legal del artículo 4 de la Ley N° 18.883, cumpliendo requisitos del artículo 7 del Código del Trabajo.
Resumen
• Datos básicos del caso El caso corresponde al RIT O-148-2022, RUC 2240385812-2, del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, caratulado “López Urrutia con Municipalidad de La Granja”. Se trata de una demanda por declaración de existencia de relación laboral, despido indebido, nulidad del despido y cobro de prestaciones.
• Antecedentes procesales relevantes El Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel rechazó la demanda en todas sus partes. El demandante interpuso recurso de nulidad, el cual fue desestimado por la Corte de Apelaciones de San Miguel. Contra esta última resolución, el demandante dedujo recurso de unificación de jurisprudencia ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos
- La Municipalidad de La Granja suscribió convenios con la Subsecretaría de Prevención del Delito y con el SENCE para la ejecución de programas de seguridad pública y fortalecimiento de la OMIL.
- El demandante fue contratado a honorarios entre 2014 y 2017 para prestar servicios en el Plan Comunal de Seguridad Pública, y desde 2018 a 2021 en la Oficina OMIL.
- En la OMIL, el demandante atendía público, proporcionaba soporte técnico, y cumplía una jornada de 44 horas semanales, con horario establecido y sujeto a instrucciones.
- La última contratación del demandante consta del decreto...
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