Suprema - Rol 4390-2024
, Las consecuencias jurídicas del delito, Edit. Jdca., 2013, p.17).
VI. RAZONAMIENTO CLAVE DE LA CORTE SUPREMA
- Análisis de Admisibilidad del Recurso: La mayoría de la Corte implícitamente consideró admisible la apelación y la acción de amparo al pronunciarse sobre el fondo. El Ministro Sr. expresó una indicación previa en contrario, considerando inadmisible la acción por estimar que la privación de libertad del recurrente deriva de una sentencia firme y no de la decisión de la Comisión.
- Fijación de la Doctrina Correcta: La Corte establece que la pena es la sanción legal impuesta por sentencia, cuya ejecución se rige por la ley (Considerando Primero). Reitera la regla constitucional y legal de que la pena debe estar establecida por ley anterior al hecho, permitiéndose solo alteraciones favorables por leyes posteriores (Considerando Segundo). En el caso concreto, la Corte determina que la Comisión aplicó una normativa posterior (Ley 21.421) que es más gravosa para el amparado al motivar su exclusión del proceso de rebaja, y que esta aplicación incide en la forma de cumplimiento de la pena y afecta su libertad (Considerando Tercero). La Corte concluye que la Comisión, al aplicar dicha exclusión, no observó el principio de irretroactividad de la ley penal desfavorable, consagrado en los artículos 6°, 7° y 19 N° 3 de la Constitución Política de la República, lo que constituye una vulneración a la libertad personal del amparado (Considerando Cuarto).
- Contraste con la Sentencia Impugnada: La sentencia de la Corte de Apelaciones fue revocada. Aunque sus fundamentos no se transcriben, al ser revocada y acogida la acción de amparo por la Suprema en base a la vulneración del principio de irretroactividad y la libertad personal, se entiende que la Corte de Apelaciones no consideró que la actuación de la Comisión fuera ilegal o arbitraria, o que no implicara una privación o amenaza a la libertad personal del amparado.
- Principios Jurídicos Aplicados: Principio de legalidad penal, principio de irretroactividad de la ley penal desfavorable, principio de supremacía constitucional, garantía de libertad personal y seguridad individual (Art. 19 N° 3 C.P.R.).
VII. DECISIÓN Y EFECTOS
- Decisión sobre el Recurso: Se revoca la sentencia apelada y se acoge la acción de amparo.
- Efectos de la Decisión: Se acoge la acción de amparo interpuesta en favor de . La Comisión Especial de Reducción de Condenas deberá conocer y resolver, en el más breve plazo, la petición del amparado conforme al texto de la Ley 19.856 vigente al momento en que perpetró los delitos por los que actualmente cumple condena. Si ello resulta procedente según la ley aplicable (Ley 19.856 original), la Comisión deberá conceder la rebaja de pena correspondiente.
- (SOLO SI APLICA) Contenido de la Sentencia de Reemplazo: No hay sentencia de reemplazo en sentido estricto, ya que la Corte no resuelve el fondo de la solicitud de beneficio, sino que ordena a la Comisión administrativa reevaluarla aplicando la ley correcta.
- Costas: La sentencia no contiene pronunciamiento sobre costas del recurso.
VIII. VOTOS DISIDENTES, CONCURRENTES Y PREVENCIONES
- Voto Disidente: Existe un voto en contra del Ministro Sr. , quien estuvo por confirmar la sentencia apelada, en virtud de sus propios fundamentos (los eliminados de la sentencia de la Corte de Apelaciones).
- Voto Disidente (sobre Admisibilidad): Existe una indicación previa del Ministro Sr. , quien fue del parecer de declarar inadmisible la presente acción de amparo, argumentando que el recurrente se encuentra privado de libertad por una sentencia judicial firme y no por la decisión de la Comisión recurrida, por lo que esta última no constituiría una privación o amenaza de su libertad personal susceptible de amparo.
- Voto Concurrente: No existen.
- Prevenciones: No existen.
IX. DISPOSICIONES LEGALES DETERMINANTES
- Artículos 6°, 7° y 19 N° 3 de la Constitución Política de la República.
- Ley 19.856 (texto vigente al momento del delito).
- Ley 21.421.
X. OBSERVACIONES FINALES
- Establecimiento o Consolidación de Jurisprudencia: La sentencia consolida la aplicación del principio de irretroactividad de la ley penal desfavorable en el ámbito de los beneficios penitenciarios, considerando que las normas que regulan la forma de cumplimiento de la pena y el acceso a beneficios que pueden afectar la duración de la privación de libertad quedan comprendidas dentro del ámbito de protección de dicho principio cuando una ley posterior es más gravosa.
Abstracto
Corte Suprema, Rol 4390-2024, acoge Recurso de Apelación en acción de amparo. Establece que la Comisión de Reducción de Condenas vulnera la libertad personal al aplicar ley posterior más gravosa (Ley 21.421) para evaluar beneficio de reducción de condena, en contra del principio de irretroactividad de la ley penal desfavorable. Ordena reevaluar solicitud bajo ley vigente al momento del delito (Ley 19.856).
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN DEL FALLO
- Tribunal: Corte Suprema
- Rol de la Causa: 4390-2024
- Tipo de Recurso: Recurso de Apelación (en acción de amparo)
- Carátula: CONTRA COMISIÓN DE REDUCCION DE CONDENA
- Fecha de la Sentencia: 12/03/2024
II. HISTORIA PROCESAL DE LA CAUSA
- Tribunal de Segunda Instancia: Corte de Apelaciones de Santiago, Ingreso Corte N° 252-2024, sentencia de 26/01/2024.
- Decisión de Segunda Instancia: La sentencia apelada fue revocada por la Corte Suprema, lo que implica que la Corte de Apelaciones de Santiago había rechazado o declarado inadmisible la acción de amparo (se eliminan los fundamentos quinto a décimo cuarto de la sentencia en alzada que sustentaban dicha decisión).
- Sentencia Impugnada: Sentencia de 26 de enero de 2024, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en el Ingreso Corte N° 252-2024.
III. EL RECURSO ANTE LA CORTE SUPREMA
- Recurrente: (amparado en la acción de amparo, apelante de la sentencia de primera instancia que le fue desfavorable).
- Recurrido: Comisión Especial de Reducción de Condenas.
- Fundamentos del Recurso: Si bien el texto es la sentencia de la Corte Suprema y no directamente el recurso de apelación, los fundamentos del recurso se...
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