Suprema - Rol 5516-2023
CON ILUSTRE MUNICIPALID DE LA PINTANA
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de unificación de jurisprudencia sobre pago de cotizaciones previsionales. Establece que empleador debe pagar cotizaciones, salvo si el trabajador las pagó directamente o existió pacto en contrario en contrato a honorarios. Se modula el pago de reajustes e intereses.
Resumen
• Datos básicos del caso Autos RIT O-188-2022, RUC 2240387910-3, del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, caratulados “ con Municipalidad de La Pintana”.
• Antecedentes procesales relevantes El Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel acogió la demanda de declaración de relación laboral, despido injustificado y cobro de feriados y cotizaciones previsionales. La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la demandada. La demandada interpuso recurso de unificación de jurisprudencia.
• Hechos establecidos El fallo impugnado estableció que el actor prestó servicios continuos a la demandada, sujeto a jornada semanal y registro de asistencia, percibiendo un estipendio mensual regular, lo que configura una relación laboral.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si un municipio demandado está obligado a pagar cotizaciones previsionales respecto de una persona con la que existió una vinculación a honorarios, calificada como relación laboral por sentencia judicial.
• Argumentos de las partes La demandada argumenta que no puede haber erogación sin habilitación legal previa, y que mientras subsistió la relación bajo la modalidad de honorarios, el Fisco estuvo imposibilitado de cumplir con e...
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